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Divorcios Burgos
Guía · Código Civil, arts. 834, 1346, 1347 y 1358, septiembre de 2026

Herencia y divorcio

Por David Martínez Pardo, responsable de Divorcios Burgos, que trabaja con abogados de familia según cada caso

La respuesta corta

Lo que heredas es privativo: no se reparte al divorciarte, aunque lo recibieras durante el matrimonio (Código Civil, art. 1346). Los frutos (alquileres) sí son gananciales (art. 1347). Si se mejoró un bien heredado con dinero común, se compensa a la sociedad. Y después del divorcio, tu ex pierde los derechos de viudo (art. 834), pero hazte un testamento nuevo, porque el anterior puede seguir nombrándole.

  • Lo heredadoes privativo: no se reparte
  • Alquileresde un bien heredado sí son gananciales
  • Testamentohazlo de nuevo tras el divorcio

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Qué es privativo y qué no

ConceptoCarácter
Bien heredado o donado antes o durante el matrimonioPrivativo
Alquileres de un piso heredadoGanancial
Mejoras pagadas con dinero común en un piso heredadoSe compensa a la sociedad
Herencia recibida y gastada en la familiaSe puede reclamar el reintegro si se acredita

Tras el divorcio

  • Haz un nuevo testamento: el divorcio no anula automáticamente el anterior.
  • Revisa seguros de vida y planes de pensiones, donde el beneficiario suele ser el cónyuge.
  • Recuerda que la vivienda que se te adjudique será también parte de tu futura herencia.

Preguntas frecuentes

¿Mi ex tiene derecho a la herencia que me dejó mi madre?

No. Es un bien privativo. Lo que sí puede compartirse son las rentas que produzca durante el matrimonio y el aumento de valor debido a inversiones con dinero común.

¿Y si con el dinero de mi herencia compramos el piso?

El dinero era privativo: la sociedad te lo debe y se te reintegra al liquidar (Código Civil, arts. 1358 y 1398). Conviene tener prueba de su origen.

¿Heredará mi ex si muero tras el divorcio?

Ya no como cónyuge: pierde la legítima del viudo. Pero si tu testamento le nombra heredero o legatario, podría seguir siéndolo salvo que lo cambies.

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Fuentes oficiales

Revisado en septiembre de 2026. Información general: cada caso tiene matices que conviene revisar con un abogado.

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