Mediación familiar en Castilla y León
Por David Martínez Pardo, responsable de Divorcios Burgos, que trabaja con abogados de familia según cada caso
La respuesta corta
La mediación es una negociación guiada por un profesional neutral que ayuda a la pareja a llegar a sus propios acuerdos sobre hijos, casa y dinero. Castilla y León la regula en su propia ley, la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar, con un registro autonómico de mediadores y equipos y mediación gratuita para personas con recursos económicos escasos, con requisitos que nunca pueden ser más estrictos que los de la justicia gratuita (art. 13). Sirve además para cumplir el requisito de negociación previa (MASC).
- Ley 1/2006mediación familiar de Castilla y León
- Gratuitasi tienes recursos escasos (art. 13)
- Sin violenciaestá excluida en esos casos
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Quiero que me llamenLos principios de la mediación
- Voluntariedad: cualquiera puede dejarla en cualquier momento.
- Imparcialidad y neutralidad del mediador.
- Confidencialidad: lo tratado no se puede usar después en el juicio.
- Carácter personal: acudís vosotros, no vuestros representantes.
Para qué sirve en un divorcio
Funciona especialmente bien para organizar la vida de los hijos (horarios, vacaciones, colegio) y para desbloquear la vivienda. Para lo segundo ayuda mucho llegar con datos: cuánto vale la casa y qué supone cada opción. Calculadora de la vivienda.
Mediación gratuita
La ley autonómica prevé mediación gratuita para personas con recursos económicos escasos, con un umbral que no puede ser menos favorable que el de la asistencia jurídica gratuita (Ley 1/2006, art. 13); la Junta designa al mediador por turno. Quién tiene derecho a justicia gratuita. Para pedirla y conocer los mediadores de tu provincia, consulta a la Junta de Castilla y León (Familia) o llámanos y te orientamos.
Preguntas frecuentes
¿La mediación sustituye al abogado?
No. El mediador no asesora a ninguna de las partes: ayuda a negociar. Lo acordado se plasma después en un convenio regulador que redacta un abogado y que aprueba el juez o se firma ante notario.
¿Es obligatoria la mediación en Castilla y León?
No. Es voluntaria, aunque desde 2025 hay que intentar algún medio de negociación antes de un divorcio contencioso, y la mediación es uno de ellos.
¿Se puede mediar si hay violencia?
No. Están excluidos los casos de violencia o maltrato sobre la pareja, los hijos o cualquier miembro de la familia (Ley 1/2006 de Castilla y León, art. 2.1), y en violencia de género la mediación está prohibida (Ley Orgánica 1/2004, art. 44.5).
¿Quién presta la mediación gratuita?
La Administración de la Junta de Castilla y León organiza y financia el servicio y designa mediadores por turno (Ley 1/2006, arts. 5 y 14).
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Fuentes oficiales
- Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, arts. 2, 5, 13, 14 y 18 (BOE)
- Ley Orgánica 1/2025 (BOE)
- Ley Orgánica 1/2004, art. 44.5 (BOE)
Revisado en septiembre de 2026. Información general: cada caso tiene matices que conviene revisar con un abogado.